Fuente: IProfesional – Si bien es una postal cada vez más común en la Ciudad, tanto los locales gastronómicos como los dueños de las mascotas deben cumplir ciertos requisitos.
«Hola, te pido unos fideos a la bolognesa, una copa de malbec, soda y agua para mi perrito», pasó a ser una escena común en varios lugares de la Ciudad de Buenos Aires. Cada vez hay más lugares pet friendly, amigables con las mascotas
Es lógico si pensamos que hay más perros que niños de hasta 10 años en la Ciudad de Buenos Aires, según las estadísticas oficiales. Y que la tasa de natalidad viene descendiendo a un ritmo vertiginoso. De hecho, en la Ciudad hasta hay un registro de lugares de comida de este tipo, miles, que pueden completar un formulario para recibir un kit oficial
El merchandising incluye bebederos, ganchos para correas, manual de recomendaciones para el local y para los dueños de mascotas, bolsitas para recoger las heces caninas, etc. Y para que los vecinos puedan identificarlos fácilmente con un sticker que los distingue en su vidriera como «Local amigo de las mascotas», informan oficialmente.
Sin embargo, la admisión de mascotas en restaurantes, bares y cafés donde se sirven alimentos ha generado controversia tanto desde el punto de vista bromatológico como desde el sentido común y la comodidad.
Mascotas en los restaurantes: las leyes por el mundo
En algún momento el debate jurídico fue por restaurantes que impedían el ingreso a niños, ahora es acerca de si deben permitir mascotas en su interior, en su salón. En España, por ejemplo, una ley del año pasado permitió a los establecimientos públicos y privados, incluyendo alojamientos, bares y restaurantes, admitir animales de compañía, siempre que estos no supongan un riesgo para personas, otros animales o el entorno.
En Mar del Plata, una ordenanza reciente regula las condiciones que deben cumplir los locales gastronómicos para permitir la presencia de mascotas en su interior. Los locales deberán adherirse a un registro online y contar con infraestructura adecuada, personal capacitado y elementos específicos para los animales, garantizando la seguridad e higiene.
Las mascotas podrán estar solo en áreas de consumo y no tendrán acceso a zonas de elaboración o exhibición de alimentos. Los locales deberán informar claramente al público que son «espacios amigables con mascotas».
Los dueños de las mascotas, exclusivamente perros y gatos, deberán cumplir con medidas de seguridad y sanidad, incluyendo vacunaciones, identificación y, si es necesario, el uso de correa y bozal, pide la normativa.
Qué dice la ley actual sobre las mascotas en los lugares de comida
Varios cafés hacen lo propio y permiten entrar con perros. En general, a diferencia del afuera, los dueños son algo más cuidadosos. Claro está, siempre hay excepciones. Si bien hoy, en la práctica, el ingreso de animales depende de la política de cada lugar, la normativa no cambió. Sí se permiten mascotas afuera, con algunas condiciones. La normativa es, esencialmente, local.
A nivel nacional, para el caso de establecimientos de elaboración de alimentos, pero no específicamente restaurantes o bares, el código alimentario dice que «se deberá impedir el ingreso de animales a las áreas cultivadas y a las zonas de manipulación de producto».
También que «deberá impedirse el ingreso de animales domésticos, de granja y otros animales de trabajo (que no estén cumpliendo actividades), a través de prácticas que eviten su entrada, proliferación y acercamiento. En el caso de los animales de trabajo que se utilicen para otras tareas deberán estar sanos, vacunados y desparasitados».
Es decir, las regulaciones bromatológicas en Argentina, que se encuentran dentro del Código Alimentario Argentino (CAA), no prohíben específicamente la presencia de mascotas en áreas donde se consumen alimentos, pero sí son muy estrictas en lo que respecta a la higiene y la prevención de riesgos en las áreas de elaboración.
Por ejemplo, la presencia de vectores vivos (como roedores o insectos) en áreas de elaboración o consumo de alimentos puede llevar a la clausura inmediata del establecimiento.
Las valoraciones son encontradas, desde gente que apoya esto hasta las críticas. En este último sentido, escribió el cocinero Pedro Lambertini en Twitter (hoy X): «Después de mucho meditarlo, he llegado a la conclusión de que no estoy de acuerdo en que las mascotas puedan ingresar en establecimientos, en los que se sirven alimentos. Sé que esta postura es impopular y me granjeará la ojeriza de varios, pero me parece que cada espacio tiene sus rigores».
«Un perro con su olor y aliento, sacudiéndose a centímetros de una medialuna, independientemente de que para las almas más puras sea un planazo, no está bien. El dueño sobreactúa pudor alejándolo de mi pierna -‘¡qué cosa, che, quedate quieto!’-, se sonroja cuando el perro ladra o se indigna porque se comporta como tal, cuando lo juicioso sería no ingresar a un restaurante con un animal», relata. Y agrega que tampoco es beneficioso para el animal.
Otro cocinero de un prestigioso restaurante expuso a iProfesional al ser consultado por el tema: «Incluso en la vereda está el perro sentado, abajo de tus piernas comiendo, huele el sandwich, pasa una ardilla, tira un café, ¿Quién se hace responsable ahí?«
Mucho dependerá de la conducta de los dueños/as y qué tan responsables (o no) sean. «Una sola vez una señora puso el plato con comida de su perro sobre la mesa y eso ya no se lo permitimos, por lo demás pueden entrar perros al café a condición de que se porten bien, de que sus dueños los vigilen», expresa a iProfesional una dueña de un reconocido café de especialidad.
Recaudos para entrar con mascotas
Algunos establecimientos pueden requerir que las mascotas ingresen con bozal (en el caso de perros) o que permanezcan en áreas designadas.
Además de la normativa general sobre la tenencia de animales (hoy la ley pide correa y bozal), también pueden establecer que las mascotas no se suban a muebles como sillones o sillas, para evitar cualquier riesgo de contaminación cruzada.
Es decir, al mismo tiempo que un bar permite el ingreso con perros, aparte de avisar para que el o la cliente lo sepa, y decida si acepta esa posibilidad, puede tomar algunos cuidados básicos de conducta y comportamiento. Forman parte del derecho de admisión, y sería bueno un cartel o algo que así lo exprese.
Finalmente, puede ser recomendable que el seguro de responsabilidad civil expresamente incluya contingencias derivadas de que las mascotas ingresen. Habría que chequear cada cláusula para ver si el contrato de seguro lo tiene o no como riesgo cubierto. Porque más allá de que el responsable primario sea el dueño del animal, es posible que el bar o restaurante sea demandado por un daño ocurrido en su local.
Como reflexión final, mucho dependerá del respeto y la posibilidad de considerar el espacio de la otra persona, de saber poner límites al perrito en un espacio público. Ello para poder disfrutar sin que cause un perjuicio o que moleste a terceros, la regla básica del derecho, que también abarca deberes en el marco de una convivencia.
Sergio Mohadeb es abogado, divulgador de temas legales y creador de Derecho En Zapatillas. En Twitter @dzapatillas