Fuente: AHRCC ~ La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó la Ley N° 6195 sobre Beneficios fiscales, Gravámenes por Uso, Ocupación y Trabajos en el Espacio Público (Superficie, Subsuelo y Espacio Aéreo) y Abasto.
A través de esta nueva Ley se condonan las obligaciones tributarias y sus accesorios, devengados hasta el día 31 de julio de 2019, por los Gravámenes que inciden sobre el Abasto y por los Gravámenes por ocupación y/o uso de la vía pública con Mesas y sillas, Toldos y/o parasoles de uso comercial y Plataformas de esparcimiento; siempre que no se hubieren abonado ni contaren con sentencia de ejecución fiscal firme en el supuesto de haber sido transferidas para su cobro por vía judicial.
En el supuesto que las obligaciones tributarias detalladas en el párrafo anterior se hubieren incluido en planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente, la condonación abarca las cuotas no canceladas.
En cuanto a la Regularización de obligaciones tributarias, los contribuyentes y/o responsables de los tributos podrán regularizar las obligaciones vencidas al día 31 de julio de 2019, inclusive, o las infracciones cometidas a dicha fecha, bajo la forma y condiciones que se establecen por la presente Ley y con los requisitos que se dispongan reglamentariamente.